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KnoWhy #541

¿Por qué el libro celestial fue sellado con siete sellos?

enero 2, 2020
KnoWhy #541
Imagen de una exposición de planchas romanas
Imagen de una exposición de planchas romanas
“Y el hombre dirá: No puedo traer el libro, porque está sellado”.
2 Nefi 27:17

El Conocimiento

Después de cuatro capítulos introductorios, el cuerpo del Libro de Apocalipsis de Juan comienza con el revelador viendo un libro, un rollo o documento de algún tipo, en las manos del Señor, quien estaba sentado sobre Su trono celestial. El registro fue escrito una parte por dentro y otra parte por fuera y luego había sido sellado con siete sellos (Apocalipsis 5:1).1

Luego un ángel dijo: “¿Quién es digno de abrir el libro y de desatar sus sellos?” (Apocalipsis 5:2). Solo una persona con la debida autoridad podría romper los sellos y abrir el libro. No se encontró a ninguna persona digna para hacer esto hasta que el Cordero de Dios se adelantó. Al reconocerlo, las personas cantaron un nuevo cántico: “Digno eres de tomar el libro y de abrir sus sellos; porque tú fuiste inmolado, y con tu sangre nos has redimido para Dios, de todo linaje, y lengua, y pueblo y nación” (Apocalipsis 5:9).

Después, uno por uno, los siete sellos fueron abiertos por el Cordero (Apocalipsis 6:1–17; 8:1). Cuando se abrió el séptimo sello, “hubo silencio” y Juan fue escoltado por el ángel al Lugar Santísimo del templo del Señor, en el lugar del incensario del altar y el incensario de oro ante el trono de Dios en el Lugar Santísimo, con las oraciones de los Santos siendo llevadas ante Dios (Apocalipsis 8:1-4).

Esta fascinante visión continúa por el resto del Libro de Apocalipsis, el cual termina hablando de “un cielo nuevo, y una tierra nueva… la ciudad santa, la nueva Jerusalén, que descendía del cielo” como el nuevo Rey, el mismo Dios que viene a gobernar y reinar (Apocalipsis 21:1-3). Jesús, el Alfa y la Omega, otorga este regalo: “Al que tuviere sed, yo le daré gratuitamente de la fuente del agua de la vida. El que venciere heredará todas las cosas; y yo seré su Dios, y él será mi hijo” (Apocalipsis 21:6-7).

Siglos antes de los días del apóstol Juan, otros profetas habían visto un libro sagrado. Alrededor del año 600 a. C., Lehi experimentó una visión celestial en la que finalmente se le entregó “un libro” y fue invitado a leer sobre la destrucción de los malvados en Jerusalén y también a aprender que el Señor Dios “no [dejará] perecer a los que acudan a [Él]”. (1 Nefi 1:11–14). Treinta años después del cautiverio de los judíos en Babilonia, Ezequiel también tuvo una visión. Él escribió: “Y miré y vi una mano extendida hacia mí, y en ella había un rollo de libro. Y lo extendió delante de mí, y estaba escrito por delante y por detrás; y estaban escritos en él lamentaciones, y gemidos y ayes” (Ezequiel 2: 9-10). En ambos casos, como lo fue también en el caso de Juan, el profeta no pudo leer el libro hasta que alguien con autoridad lo abrió y le permitió leer.

Aunque los libros y los rollos mostrados a Lehi y Ezequiel no dicen que estaban sellados, la práctica común en el mundo antiguo era que los registros oficiales y legales estaban “sellados”. Los sellos eran estampas o cilindros que se imprimían en arcilla o cera, unidos por una cuerda o un sobre que cerraba el documento para protegerlo del daño o de caer en manos de alguien que se suponía no sabía su contenido.2 La evidencia de esta práctica legal generalizada se encuentra en Jeremías 32:6-16, cuando el profeta Jeremías compró algunas tierras de su sobrino. Esto fue casi al mismo tiempo de Lehi, lo que puede explicar el patrón similar de doblar, sellar y atestiguar documentos en 2 Nefi 27:12, 14 (“testigos”), 15 (parte “no sellada”), y 17 (parte “sellada”).

Para hacer tal transacción, el texto del contrato (o convenio) primero era escrito en un papiro en la parte superior y luego el texto era escrito una segunda ocasión en la parte inferior. Luego, la parte superior era cortada parcialmente, doblada hacia el centro, enrollada, amarrada con cuerdas y los sellos de los testigos legales eran colocados. La parte superior se convertía en el texto sellado. La parte inferior entonces también era doblada y enrollada y luego todo el paquete era atado y cerrado nuevamente, pero podía ser abierto y consultado por las partes del acuerdo. El texto de Jeremías no se entendió claramente hasta que los ejemplos de los textos legales hebreos fueron descubiertos en Elefantina en Egipto.3

Los pergaminos griegos encontrados durante la excavación del siglo IV a.C. en la ciudad siria Dura Europos, son evidencia de la práctica judía de documentos legales duplicados escritos en piel. La ley judía prescribe en detalle cómo estos documentos doblados, sellados y con testigos debían ser diseñados con el propósito de calificarlos como registros válidos legales. La ley talmúdica requería tres testigos con el propósito de que el documento fuera indiscutible. En caso de disputa sobre el contenido del contrato, un juez podría romper los sellos y desenrollar la mitad superior sellada del documento, para estar seguro de la redacción del documento.

Varios sistemas legales en el mundo antiguo usaban documentos duplicados (copias) para respaldar y preservar textos importantes. Documentos duplicados, sellados y con testigos se encuentran escritos en acadio (por los babilonios), hebreo (israelitas), griego y latín (griegos y romanos), en tabletas de arcilla, rollos de papiro y pergaminos, tabletas de madera y planchas de metal. Los babilonios, ya en el año 2000 a. C., utilizaron dicho sistema para redactar contratos legales, escrituras y transacciones comerciales. Los escribas hicieron las transacciones en forma cuneiforme en tabletas de arcilla, muchas de las cuales aún son legibles.

Los testigos rodarían un sello personal sobre la arcilla húmeda de un documento antes de que se secara. Luego, la tabla se envolvía en un “sobre” formado por una delgada lámina de arcilla con el texto repetido también en la arcilla exterior. Finalmente, los testigos imprimían sus sellos en la parte exterior. Solo un juez o una parte autorizada podría, en un momento posterior, abrir legalmente el sobre externo para comparar el texto interno sellado. Esta práctica hizo que la falsificación o la alteración fueran virtualmente imposibles, debido a que varios testigos estuvieron involucrados y porque ambas tabletas tuvieron que secarse juntas para evitar que el sobre externo se agrietara.

Pero, ¿cuántos testigos eran requeridos en tales casos? Para las personas que se desconciertan sobre el significado de Apocalipsis 5:1, una práctica romana de alto nivel puede ofrecer algunas pistas reveladoras. La práctica romana de otorgar la ciudadanía a los soldados retirados que habían servido en servicio activo durante veinticinco años comenzó alrededor del año 60 d. C. y estaba bien establecida a finales del siglo I cuando se escribió el Libro de Apocalipsis de Juan. Esta concesión de ciudadanía, el estatus más poderoso en la sociedad romana, fue otorgada por funcionarios imperiales, quienes le entregaban al receptor un par de planchas de bronce. Solo un juez podía abrir esas planchas, si hubiera alguna pregunta acerca de la validez de los derechos y privilegios otorgados por estos documentos oficiales.4

El texto se escribió dos veces: una en el exterior de la primera plancha y una segunda en las superficies internas de la plancha 1 y la plancha 2. En la parte posterior de la plancha 2, los nombres de siete oficiales romanos estaban escritos y sus siete sellos estaban fijados en las planchas que estaban unidas con un alambre de sellado que corría por dentro de las dos planchas y estaban torcidas y cubiertas con cera selladora en la parte trasera. Dos anillos pequeños eran colocados en las esquinas laterales, para que las planchas pudieran ser abiertas como un libro una vez que se retiraba el alambre que las tenía selladas.5 Estas dos planchas eran llamados “diplomas” (plural: diplomata) que es una palabra en latín para un documento de recomendación para las personas que viajaban a las provincias. La palabra fue tomada del griego que simplemente significa “duplicado” o “doblado” (diplōnō), ya que estos documentos eran duplicados.

Han sobrevivido más de 48 conjuntos relativamente completos de planchas romanas, que van desde el 64 d. C. hasta el siglo IV, cuando cesó la práctica. Con sola una excepción, siete era el número de testigos oficiales requeridos por la ley y práctica romana en cada caso conocido.6 Esta práctica prestigiosa y formal ciertamente había sido familiar para muchas personas en todo el imperio romano en los días de Juan. Su revelación fue recibida en la isla de Patmos, en la costa de Turquía, no lejos de Éfeso, la capital de la influyente provincia romana llamada Asia.

Uno podría preguntarse por qué la revelación de Juan podría haber mencionado esta práctica romana con tanta especificidad. Puede haber varias razones por qué.

El por qué

Esta pieza inusual de la revelación de Juan ciertamente llamaría la atención de las personas. Hubiera sido una práctica familiar pero distintiva, señalando a los lectores que algo muy formal, importante y valioso iba a ser revelado, anunciado y otorgado.

Este uso habría atraído a todos, ya sean romanos, judíos u otros. Para un romano, habría significado propiedad y dignidad. Para las personas de origen judío, les habría recordado pasajes de las Escrituras y prácticas habituales. Para otros, habría sido inclusivo, ya que fue a través de la diplomata que las personas de cualquier origen cultural podían convertirse en ciudadanos romanos de pleno derecho, sin ser más extraños o extranjeros.

Esta formalidad señaló legalidad vinculante. Con esta entrada, el libro celestial se presenta como evidencia documental de un convenio legal entre Dios y el mundo. Si bien los documentos terrenales son vinculantes en la tierra, este libro revelado se establece como siendo más fuerte de lo que son. Lo que ofrece y une el libro celestial está atado tanto en el cielo como también en la tierra.

Así como se requirieron siete sellos oficiales para hacer válida la diplomata romana, el convenio de Dios se autentica y se mantiene inviolado por siete majestuosos sellos. El plan eterno de Dios y el decreto determinado se firman, sellan y ahora se entregan.

Solo un juez u oficial autorizado podría abrir dicho documento duplicado y sellado. El Libro de Apocalipsis enfatiza que solo Jesucristo tenía la autoridad, no solo en la tierra sino también en el cielo, de abrir los sellos y permitir que otros conozcan su contenido (Apocalipsis 5:9).

Además, la diplomata romana cumplía la función especial de otorgar la ciudadanía a los soldados que habían luchado valientemente durante veinticinco años. Cada diploma relataba todas las ubicaciones y unidades en las que había servido el soldado que se retiraba. La ciudadanía fue el codiciado premio otorgado por el servicio verdadero y fiel. Así también, la revelación de Juan da la bienvenida a sus fieles seguidores como ciudadanos de la Nueva Jerusalén, la ciudad santa de Dios, en reconocimiento de las batallas libradas y la victoria ganada contra Satanás y sus secuaces.

En un entorno romano, los derechos de ciudadanía también se otorgaron a los hijos e hijas del soldado honrado. Ellos también serían bendecidos como herederos, como si hubieran nacido de un padre romano. La herencia de los derechos de propiedad era importante, especialmente entre las poblaciones romana y judía. Esto también se anticiparía en la apertura del séptimo sello del libro celestial, donde la persona que conquista al enemigo del mal “heredará todas las cosas” y será recompensado como un hijo de Dios (Apocalipsis 21:7), teniendo un lugar en la tierra fructífera y templada de los benditos (Apocalipsis 21:10–22:5). Nosotros también. Los testamentos romanos también tenían que ser sellados con los sellos de siete testigos y sus términos no podían ejecutarse hasta que los siete sellos fueran oficialmente rotos y el documento fuera abierto. 7

Y por lo tanto, este comienzo auspicioso podría haber sido singularmente poderoso como para parecer interrupción contracultural para algunos. Al admitir una prerrogativa imperial romana para hacer tales premios y legados militares, la revelación de Juan, por lo tanto – y esto no habría sido involuntario- testifica que Jesús y Su Padre son más poderosos que cualquier otro dios o ser, incluidos los deificados del mismo Emperador.

Otras lecturas:

Book of Mormon Central en Español, “¿Por qué razón se habrá sellado un libro? (2 Nefi 27:10),” KnoWhy 53 (7 de marzo de 2017).

John W. Welch, “Doubled, Sealed, Witnessed Documents: From the Ancient World to the Book of Mormon”, en Mormons, Scripture y the Ancient World, ed. Davis Bitton (Provo, Utah: FARMS, 1998), 391–444.

John W. Welch y Kelsey D. Lambert, “Two Ancient Roman Plates”, BYU Studies 45, no. 2 (2006): 54–76.

Richard D. Draper y Michael D. Rhodes, The Revelation of John the Apostle (Provo: BYU Studies, 2013), 146–151.

 

1. Para conocer los comentarios de Apocalipsis 5:1–7, véase Richard D. Draper y Michael D. Rhodes, The Revelation of John the Apostle (Provo: BYU Studies, 2013), 146–151.
2. Book of Mormon Central en Español, “¿Por qué razón se habrá sellado un libro?  (2 Nefi 27:10),” KnoWhy 53 (7 de marzo de 2017).
3. Véase de manera general John W. Welch, “Doubled, Sealed, Witnessed Documents: From the Ancient World to the Book of Mormon”, en Mormons, Scripture, and the Ancient World, ed. Davis Bitton (Provo, Utah: FARMS, 1998), 391–444.
4. Véase John W. Welch y Kelsey D. Lambert, “Two Ancient Roman Plates”, BYU Studies 45, no. 2 (2006): 54–76.
5. Welch y Lambert, “Two Ancient Roman Plates”, 56–59.
6. La única excepción y también la primera instancia, tenía ocho testigos. Estos datos han sido recopilados de los reportes técnicos publicados por Margaret M. Roxan y Paul Holder, Roman Military Diplomas, I–V (London: Institute of Archaeology and Classical Studies, 1978–2006).
7. Véase R. H. Charles, Critical and Exegetical Commentary of the Revelation of St. John (New York: Charles Scribner’s Sons, 1920), 1:137–38, citado en Draper y Rhodes, Revelation of John the Apostle, 148.

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Referencia a las escrituras

Traducido por Central del Libro de Mormón